Cuestiones básicas sobre gestión de accidentes de trabajo

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¿Qué es y qué no es un accidente de trabajo?

Un accidente de trabajo es todo acontecimiento no deseado que ocurre de forma súbita e inesperada que produce daño a las personas, productos, útiles o instalaciones. Debemos diferenciarlo de los incidentes que ocurren en el ámbito laboral que por el contrario no causan daños pero que bajo otras circunstancias sí podrían haber producido lesiones a los trabajadores o los bienes.

Accidentes de trabajo

 

Tendrán consideración de accidentes de trabajo:

• Los que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo
• Los que sufra el trabajador con ocasión de las tareas del desempeño de cargos electivos sindicales
• Los acaecidos en actos de salvamento cuando tengan conexión con el trabajo
• Las enfermedades, siempre que se pruebe que es causada por la ejecución del trabajo
• Las enfermedades padecidas con anterioridad que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente
• Las consecuencias del accidente que resulten modificadas por enfermedades intercurrentes
• Los originados por imprudencia profesional (no los que sean debidos a “dolo” o imprudencia temeraria).

Clasificación de accidentes de trabajo

La ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales contempla la obligatoriedad del empresario de notificar por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del desarrollo de su trabajo.

¿Cuáles son los plazos de presentación de los partes?
• Para el parte de accidente (POR EL EMPRESARIO): 5 días hábiles contados desde la fecha en que se produjo el accidente o de la baja médica.
• Para la relación de accidentes sin baja (POR EL EMPRESARIO): Mensualmente en los primeros 5 días hábiles de cada mes.
• Relación de altas o fallecimientos de accidentes (POR LA ENTIDAD GESTORA O COLABORADORA) Mensualmente antes del día 10 del mes siguiente.
• Para la comunicación urgente (POR EL EMPRESARIO) 24 horas en caso de accidente grave, muy grave, mortal o múltiple (más de 4 personas), excepto los “In Itinere”.

¿Qué accidentes se investigan?

Todos los accidentes de trabajo, tanto con baja como sin baja, deben ser investigados, así como los incidentes más significativos. Para ello se debe responder a las siguientes preguntas:

• ¿Qué ha ocurrido realmente?
• ¿Quién ha sufrido daño y de qué tipo?
• ¿Dónde y cuándo ha ocurrido?
• ¿Con qué se produjo el accidente?
• ¿Cómo ocurrió?
• ¿Por qué ocurrió?

 

Ángela González Campos
Directora de Calidad, PRL y Desarrollo Sostenible
CENTRO TECNOLÓXICO DO GRANITO DE GALICIA

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